“Delitos contra la integridad sexual: Vidas marcadas por la violencia”-5/6-10 hs

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Prensa INADI Mendoza

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3 jun 2009, 13:18:123/6/09
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INADI Mendoza invita

Foro: “Delitos contra la integridad sexual: Vidas marcadas por la violencia”.

Viernes 5 de Junio - 10 horas - Salón de Los Pasos Perdidos - Honorable Legislatura de Mendoza

Panelistas:

ü Lic. Karina Ferraris - Delegada INADI Mendoza
ü Dr. Juan Ticheli - Oficina Fiscal Nº 9 Guaymallén
ü Dr. Pablo Alonso - Programa de Salud Reproductiva
ü Cont. Julio Fernández Citón - Titular REDIS - RepriGAS Poder Judicial
ü Dr. Benigno Gutiérrez - Médico Psiquiatra
ü Dr. Néstor Piedrafita - Diputado Provincial

Organiza: Honorable Cámara de Senadores/as de la Provincia de Mendoza - Senadora Provincial Alejandra Naman

Por el Derecho a una vida libre de violencia

Los/as Esperamos


Lic. Karina Ferraris - Delegada en Mendoza de INADI - Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Presidencia de la Nación

INADI tiene a disposición la línea telefónica gratuita 0800-999-2345 durante las 24 horas para brindar un servicio de asesoramiento y asistencia sobre actos de discriminación.

Oficina INADI Mendoza: Rioja 1484, Ciudad de Mendoza, TE: 0261-4256110, Correo electrónico: men...@inadi.gov.ar - Sitio de Internet: www.inadi.gov.ar

Todos los Martes de 13 a 14 horas “INADI Mendoza con Vos” - FM Libertador Latinoamericana - 92.7


Plan Nacional Contra la Discriminación

Violencia

“La violencia familiar y el abuso sexual en sus hogares es otra manifestación de discriminación hacia los niños, niñas y adolescentes. Esta violencia está basada en los mecanismos de poder ejercidos por los adultos en las relaciones familiares patriarcales, en las que el padre detenta el poder sobre la mujer y los hijos. En muchas ocasiones son las madres las que maltratan a sus hijos, siendo ellas también maltratadas por los maridos, como parte de una cadena de poder intrafamiliar que somete al más vulnerable. La violencia y abuso familiar contra los niños y niñas se verifica en todas las clases sociales y con participación de distintos familiares o allegados adultos.

En nuestra cultura está aún legitimado que los padres y madres puedan ejercitar violencia física sobre sus hijos “para corregirlos”, de la misma manera que antaño se aceptaba que los maestros corrigieran a los niños con castigos físicos. Sólo se consideraba impropia aquella violencia que causaba “excesivo daño”. Sin embargo, estas conductas sociales hoy van siendo progresivamente revisadas y ya no se acepta que un maestro golpee a un niño o niña. Aún así, en nuestra sociedad cotidianamente se presentan casos de niños y niñas muertos y/o abusados sexualmente por sus padres y/o convivientes o maltratados sin que haya políticas sistemáticas de detección del maltrato infantil en las escuelas y los hospitales. Recientemente se han desarrollado, en algunas provincias, líneas telefónicas para denunciar maltrato infantil. Pero no se realizan campañas masivas tendientes a deslegitimar y prevenir la violencia física y psicológica contra los niños, niñas y adolescentes, ni para proteger sus derechos fundamentales a fin de vivir una vida libre de violencias […].

Explotación sexual de niños, niñas y adolescentes

Los aspectos más brutales de la discriminación de los niños, niñas y adolescentes se manifiestan en la explotación sexual, el tráfico y la trata con fines de prostitución y turismo sexual. En 2001 nuestro país ha ratificado el Convenio No 182 de la OIT sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y de las Acciones Inmediatas para su Eliminación y creó la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) en el ámbito de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social. La tarea que se debe realizar en este campo es vastísima, en tanto la explotación sexual comercial infantil se basa en una relación de poder ejercida por aquellas personas, incluidos los clientes, que abusan de los cuerpos de los niños, niñas y adolescentes, obteniendo provecho de su comercialización para prácticas sexuales. La información sistemática sobre el tema es muy escasa y los programas y acciones concretas para prevenir, investigar y sancionar a los delincuentes -que obtienen enormes ganancias con la explotación de nuestros niños y niñas- son más escasos aún.

La clandestinidad del tráfico de menores con fines de explotación sexual impide tener datos cuantitativos del problema. Sin embargo, el estudio realizado por UNICEF sobre “La Niñez Prostituida. Estudio sobre Explotación Sexual Comercial Infantil en la Argentina” da cuenta de la envergadura del problema y confirma “la presencia de niños y jóvenes prostituidos de ambos sexos, tanto en lugares cerrados (burdeles, saunas, clubes, etc.) como abiertos (discos, pubs, agencias, etc.) o en la calle”. Si bien, como ha sido señalado, las estimaciones cuantitativas se ven impedidas por la clandestinidad y la diversidad de las modalidades que asume este tipo de explotación, la investigación realizada pudo constatar la existencia de niños y niñas prostituidos en todas las regiones estudiadas y bajo todos los tipos de explotación sexual.

Los daños físicos y psicológicos infringidos por la explotación sexual de menores la convierten en una de las formas más abusivas y aberrantes de la discriminación infantil.

Los niños y niñas explotados por las redes de traficantes y/o proxenetas diversos afrontan diariamente graves riesgos para su salud, entre ellos la exposición al VIH y las enfermedades de transmisión sexual, los embarazos no deseados y la adicción a estupefacientes.”

Propuestas del Plan Nacional Contra la Discriminación


23. Promover la sanción de una ley de protección integral de la infancia que contemple los criterios establecidos en la Convención de los Derechos del Niño, en reemplazo de las actuales leyes No 10.903, No 22.278 y sus modificatorias.

24. Promover la sanción de una ley que incorpore al Código Penal la figura penal de tráfico y trata de personas según los criterios establecidos en la Convención contra el Crimen Transnacional Organizado y su Protocolo para Prevenir, Suprimir y Castigar el Tráfico de Personas, especialmente mujeres y Niños, otorgándole carácter federal a dichos delitos.

25. Promover la sanción de una ley a nivel provincial (en aquellas provincias que no lo hayan hecho aún) y nacional de protección de las victimas de violencia doméstica, incluyendo la exclusión del hogar del violento.

47. Adecuar la asignación presupuestaria de las áreas competentes -en especial, la Procuración y las Defensorías Públicas - como condición esencial para la protección de los derechos de los grupos victimizados.

48. Crear en el ámbito del Ministerio Público un cuerpo especializado de defensores públicos de niños/as con facultades tanto en la aplicación de medidas especiales (tutelares) como en causas las que se supone un conflicto con la ley penal.

49. Crear una fiscalía especializada en la investigación del delito de tráfico y trata de personas, especialmente de mujeres y niños/as.

87. Desarrollar políticas públicas destinadas a prevenir, investigar y castigar la trata y la explotación sexual de menores.

88. Desarrollar políticas públicas integrales de infancia, que contemplen a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho, tiendan a la “desinstitucionalización” y garanticen los derechos reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño.

89. Revisar integralmente el sistema de detención de los menores en conflicto con la ley, desarrollando políticas que garanticen su rehabilitación social, su formación educativa y laboral, aseguren su salud física y mental, facilite el contacto familiar y el reencuentro parental. Debe garantizarse la supervisión y vigilancia judicial de los lugares donde están alojados menores, castigando severamente los abusos y malos tratos.

90. Generar programas que contemplen el acceso de los niños, niñas y adolescentes a grupos de ayuda en casos de violencia doméstica, dotados de personal especializado y que tengan en cuenta la palabra de los niños.

96. Hacer efectivo el cumplimiento nacional de las leyes sobre violencia doméstica, exigiendo la aplicación de las disposiciones de exclusión del hogar de los violentos.

97. Desarrollar programas integrales de prevención, sanción y erradicación de la violencia doméstica en todo el país que incluya la asesoría legal, el tratamiento médico y psicológico, planes de inserción laboral y profesional de las mujeres para que puedan superar las situaciones de dependencia económica. Se sugiere que estas acciones sean cumplidas por profesionales especializados en la materia.

98. Crear casas de refugio o de tránsito para víctimas de violencia familiar en situaciones de crisis, dotadas de personal especializado. Se sugiere incluir en estos programas acciones destinadas al tratamiento obligatorio de los violentos.

99. Promover la formación de profesionales capacitados para trabajar interdisciplinariamente en casos de violencia doméstica, con un enfoque de género y protección etaria que aborde tanto la situación de las víctimas como el tratamiento de los golpeadores.

100. Generar mecanismos institucionalizados de control por parte de organizaciones de protección de derechos para supervisar el cumplimiento de las leyes y programas orientados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia domestica.

164. Garantizar la educación sexual en las escuelas, a fin de que niños, niñas y adolescentes puedan adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia, gozar de un nivel adecuado de salud sexual, asegurar la procreación responsable y prevenir el embarazo adolescente.

202. Diseñar e implementar un Plan de Control de Prácticas del personal de las Fuerzas de Seguridad respecto de los procedimientos que involucran a niños, niñas y adolescentes, a fin de evitar la recurrencia de abusos y violaciones a los Derechos Humanos.
209. Ampliar y hacer efectivas las medidas de control, clausura y sanción existentes para los medios de comunicación que promuevan las redes de pedofilia y/o el turismo sexual infantil.

236. Hacer efectiva la implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en todo el territorio nacional, dotándolo de los insumos, la capacitación necesaria de los profesionales y propiciando el marco para un debate social sobre el aborto no punible.

239. Arbitrar los medios para que en los hospitales existan centros especializados, con personal especializado y protocolos estandarizados para la recepción y atención de víctimas de violación y otros delitos sexuales.

Avances del Plan Nacional Contra la Discriminación

Existen dos programas nacionales destinados a la prevención de la trata de personas: el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas radicado en el ámbito del Ministerio del Interior y creado por el Decreto Nº 1281/2007 y el programa de Prevención de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas radicado en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y puesto en marcha por la resolución Nº 746/2007.

Resulta de importancia recordar que la institución creada al efecto de prevenir y castigar la trata sexual de menores es el Defensor de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes. La ley Nº 26061 crea a la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia como una instancia de control cruzado dentro del Estado. La ley crea la figura del Defensor quien tendrá como responsabilidad velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional, CDN y las Leyes Nacionales.
Propuesta Nº 164. Proyecto INADI sobre Educación Sexual No-Discriminatoria (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos)

Sobre la base de la sanción de la Ley Nacional de Educación Sexual Integral, Nº 26.150, desde el INADI se está trabajando en el diseño de un proyecto tendiente al monitoreo de la implementación de una educación sexual no discriminatoria y capacitación en 6 provincias argentinas. El objetivo de esta iniciativa es elaborar instrumentos y herramientas conceptuales para la detección de aspectos discriminatorios en las prácticas educativas y facilitar la revisión crítica de los contenidos de los materiales utilizados para el desarrollo de los temas de educación sexual. Asimismo se orienta a prevenir el reforzamiento de las desigualdades y estereotipos de género.

En este sentido es importante remarcar que resulta central la sensibilización y capacitación de las/os docentes a la problemática de los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de niñas, niños y adolescentes; la provisión de información sobre los marcos legales y las vías de exigibilidad de la garantía de estos derechos.

En este marco y dadas las dificultades del tratamiento en el aula de temas en los que siempre la subjetividad está implicada, la conexión con CTERA (y otros gremios) para la capacitación, prestará un contexto propio en el que se facilitaría la expresión de las dificultades de la práctica docente en este campo. La idea central es promover que la Ley Nacional de Educación Sexual se implemente en las escuelas exenta de contenidos discriminatorios de cualquier orden, explícitos o implícitos.


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