Nolumus leges mutari: No pretendemos que se cambien las leyes
El último y concluyente el Landmark 25° es el que hace mención que
los Landmarks no pueden ser alterados. Nada puede ni debe ser
sustraído de ellos – ni la más la más ligera modificación puede
hacerse de ellos. Tal como fueron recibidos de nuestros
predecesores,
estamos obligados los masones regulares, bajo solemnes obligaciones y
juramentos, a trasmitirlos así a nuestros sucesores. Ni una coma, ni
un titulo de estas leyes masónicas pueden ser abordados, porque a
este respecto nosotros no solamente debemos prestarnos gustosos, sin
que también estemos precisados a adoptar el lenguaje de los
francmasones de la Antigüedad. No hay dudas de que todos los masones
regulares estamos de acuerdo sobre la existencia real de los Famosos
Landmarks, de su autoridad, y que aportan los elementos esenciales
de
la regularidad masónica. En nuestros Manuales sobre Liturgias y
Ceremonias Masónicas, se enfatiza claramente la estricta observancia
de los Landmarks.
No es necesario convencer a todo el mundo sobre la autoridad
universal de los Landmarks, ya que su autenticidad conviene
simplemente con ser reconocida, aceptada y admitida por los mismos
masones regulares, pues estos marcan de forma definitiva la división
entre la Masonería Regular y la Irregular, y los que no acepten y
observen la Autoridad de los Landmarks, aún y que estos masones
pertenezcan a cuerpos regulares, serán tomados como miembros
irregulares. Estos forman la base del derecho masónico, no sería
necesario que esos linderos fundamentales fuesen revisados, para
después ser aligerados de todas las prescripciones que no acomodan
las pretensiones de los que no llenan los requisitos para ser masones
regulares. Esto es lisa y llanamente, la Masonería Regular no es una
Institución que pudiera ser tomada al gusto de la Carta.
ALCOSERI
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