Buenas,
1º Las vacaciones se fijan de común acuerdo, no vale que el jefe te
imponga las fechas, así que de entrada no vale lo que quiere hacer. La
opción que tienes es reclamar ante el juzgado de lo Social, y en
procedimiento sumario y preferente se resuelve.
2º Pero habría que ver qué establece el convenio aplicable, en cuanto a
vacaciones: duración, fechas de inicio, etc.
Saludos,
--
Sr Peabody
Los días de vacaciones se pueden contabilizar como días naturales o
como días laborables. Depende de la naturaleza de la actividad.
El período o períodos de disfrute de las vacaciones lo establece, a
partes iguales, empresa y trabajador. Es decir, la mitad de las
vacaciones lo decide la empresa y la otra mitad el trabajador. Como
siempre, lo mejor es mantener un buen entendimiento. Por ejemplo, no
creo que sería una buena decisión, salvo fuerza mayor, que tomases tus
vacaciones en Navidad porque se supone que el incremento de actividad
es muy notable.
A ver si consigo ayudarte, vale?
Mira, en un contrato de trabajo, uno de los principios fundamentales
es el de la buena fe contractual.
Para ambas partes, vaya.
En tu caso de pondre dos ejemplos de lo que es mala fe contractual en
el caso del uso de las vacaciones.
Imaginemos que un trabajador quiere tomarse cinco dias de vacaciones,
vale?
Bien, pues aqui van dos ejemplos:
Mala fe por parte del trabajador: Cuando el trabajador pretende
empezar las vacaciones un lunes y acabarlas un viernes.
En este caso existe mala fe porque un trabajador tiene 30 dias de
vacaciones al año. Vacaciones que, si las disfruta usando un mes
entero, incluyen sabados, domingos y dias laborales.
Mala fe por parte del empresario: Cuando el empresario pretende que el
trabajador empieze las vacaciones un sabado y las acabe un miercoles.
En este caso existe mala fe por parte del empresario, porque si bien
las vacaciones incluyen dias festivos y no laborales, la proporcion no
es de un 40 %.
> Buenas,
>
> 1º Las vacaciones se fijan de común acuerdo, no vale que el jefe te
> imponga las fechas, así que de entrada no vale lo que quiere hacer. La
> opción que tienes es reclamar ante el juzgado de lo Social, y en
> procedimiento sumario y preferente se resuelve.
>
> 2º Pero habría que ver qué establece el convenio aplicable, en cuanto a
> vacaciones: duración, fechas de inicio, etc.
>
> Saludos,
>
> --
> Sr Peabody
Sí, de comun acuerdo. Pero existen ciertos criterios que hay que
seguir a la hora de establecer las vacaciones.
El primero y mas importante, las necesidades de la empresa.
El segundo y mas secundario, la conveniencia personal del trabajador.
Tambien existen algunos criterios adicionales como es el de permitir,
siempre que se pueda, que dos conyuges disfruten las vacaciones al
mismo tiempo.
No se puede pretender que un trabajador de la hosteleria coja las
vacaciones en un mes de agosto trabajando en, por ejemplo, Malaga.
> On Jun 9, 8:54 pm, "JoPla 6" <ribod...@terra.es> wrote:
>> Hola, Estoy trabajando de carnicero en una tienda, y mi día festivo es el
>> lunes (trabajo de martes a sábado) pero ahora con el tema de las
>> vacaciones mi jefe me quiere dar las vacaciones el día 23 de Junio (que
>> es lunes) y por si fuera poco el día 24 es fiesta (San Juan) o sea que
>> perderé dos días de vacaciones, ¿podéis decirme si la ley lo ampara, o
>> tengo derecho a reclamarle estos dos días?
>> P.D. la tienda no cierra, porque hacemos turnos.
>> Mil gracias.
>
>
>
> A ver si consigo ayudarte, vale?
>
> Mira, en un contrato de trabajo, uno de los principios fundamentales
> es el de la buena fe contractual.
> Para ambas partes, vaya.
>
> En tu caso de pondre dos ejemplos de lo que es mala fe contractual en
> el caso del uso de las vacaciones.
>
> Imaginemos que un trabajador quiere tomarse cinco días de vacaciones,
> vale?
>
> Bien, pues aquí van dos ejemplos:
>
> Mala fe por parte del trabajador: Cuando el trabajador pretende
> empezar las vacaciones un lunes y acabarlas un viernes.
>
> En este caso existe mala fe porque un trabajador tiene 30 días de
> vacaciones al año. Vacaciones que, si las disfruta usando un mes
> entero, incluyen sábados, domingos y días laborales.
Y digo yo por que razón se tiene que contabilizar como días de vacaciones
los sábados y domingos, días que el trabajador ya los tiene libres durante
todo el año. Se agradece cualquier comentario al respecto.
==========================================================
Ya he dicho que hay que atenerse al convenio de aplicación, que regula
más específicamente el derecho de vacaciones. Ese ejemplo que pones tú
es el típico que viene recogido en cualquier convenio de hostelería, y
lo he mirado en el de mi provincia, y así trae un artículo regulando las
pautas de las vacaciones. O viene recogido en algún sitio (convenio, que
es lo más natural) o no se puede hacer elucubraciones en cuanto a si se
pueden coger ahora, en agosto o en febrero. Tengo el cul* pelado de
casos de estos.
Saludos,
--
Sr Peabody
>Bien, pues aqui van dos ejemplos:
>
>Mala fe por parte del trabajador: Cuando el trabajador pretende
>empezar las vacaciones un lunes y acabarlas un viernes.
>
>En este caso existe mala fe porque un trabajador tiene 30 dias de
>vacaciones al año. Vacaciones que, si las disfruta usando un mes
>entero, incluyen sabados, domingos y dias laborales.
>
>Mala fe por parte del empresario: Cuando el empresario pretende que el
>trabajador empieze las vacaciones un sabado y las acabe un miercoles.
>
>En este caso existe mala fe por parte del empresario, porque si bien
>las vacaciones incluyen dias festivos y no laborales, la proporcion no
>es de un 40 %.
Dependerá, una vez más, de lo que diga el convenio o lo que diga la
ley al respecto, que seguro que lo contempla.
Por ejemplo, en el convenio de la empresa en la que trabajo se
especifica claramente que son 30 días _laborables_ y que en ningún
caso pueden comenzar en domingo o festivo.
Supongo que en otros casos especificará que son días _naturales_ y en
este caso sí vale tu teoría.
--
Saludos desde el Mediterráneo...
El sexo sin amor es una experiencia vacía. Pero como experiencia
vacía es una de las mejores.
(Woody Allen)
"Daneel" <notaval...@hotmail.com> escribió en el mensaje
news:ckjn5459hr4c2cqpt...@4ax.com...
>
> Ya he dicho que hay que atenerse al convenio de aplicación, que regula
> más específicamente el derecho de vacaciones. Ese ejemplo que pones tú
> es el típico que viene recogido en cualquier convenio de hostelería, y
> lo he mirado en el de mi provincia, y así trae un artículo regulando las
> pautas de las vacaciones. O viene recogido en algún sitio (convenio, que
> es lo más natural) o no se puede hacer elucubraciones en cuanto a si se
> pueden coger ahora, en agosto o en febrero. Tengo el cul* pelado de
> casos de estos.
>
> Saludos,
>
> --
> Sr Peabody
A ver, yo estoy hablando con caracter general. En cada sector, rige su
propio convenio. Pero si el convenio colectivo de hosteleria, no
recogiese ningun aspecto relativo a las vacaciones, seria abusivo, por
parte del trabajador, pedir las vacaciones en temporada alta.
Otro ejemplo: Un funcionario puede tener derecho a 10 dias de permiso
por motivos justificados. Ahora tu, imaginate, que un funcionario pide
una mañana libre para acudir al banco para pedir una hipoteca. Y pide
la mañana del martes libre para ese fin. Y resulta, que el banco al
que va a acudir, abre sus puertas los martes por la tarde. Cabria
denegarle ese permiso
Pues entonces ya esta resuelto y solucionado.
De todas formas, ¿seguro que habla de dias laborables y no dias
naturales? Me extraña, vaya.
>
>Pues entonces ya esta resuelto y solucionado.
>
>De todas formas, ¿seguro que habla de dias laborables y no dias
>naturales? Me extraña, vaya.
Hombre, a mí me parece que eso es lo más razonable. De lo contrario
todos los empresarios querrían dar las vacaciones en semana santa o
navidad (fiestas que se ahorran).
En serio, lo normal es que se cuente en días laborables puesto que en
días naturales es fácil que se den injusticias y agravios comparativos
(dependiendo de a quién dan vacaciones sin fiestas por medio y a quién
se las dan con muchas fiestas). Y que se especifique también
claramente qué días son laborables (por ejemplo en mi caso los sábados
sí se consideran laborables, aunque no los trabajamos normalmente).