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SE HACE JUSTICIA Nuestra enhorabuena a Intereconomía: La Audiencia Nacional declara nula la sanción que Industria puso al grupo de comunicación

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Alboloto

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Jun 7, 2011, 7:14:16 AM6/7/11
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional ha declarado nula de pleno derecho la sanción de
100.000 euros que el Ministerio de Industria impuso al Grupo
Intereconomía. La sentencia reconoce taxativamente “el
carácter prioritario que ostenta la libertad constitucional de
opinión y más aún cuando es formulada por un medio de
comunicación”.

Según los hechos declarados probados, el 13 de septiembre de 2010 el
secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Información dictó una resolución por la que imponía una sanción de
100.000 euros a Intereconomía. El motivo fue “la emisión de un espacio
publicitario de 20 segundos de duración, entre los días 22 de julio y 17
de septiembre de 2009, supuestamente constitutivo de publicidad
ilícita”. La resolución argumentaba que “el spot publicitario puede ser
atentatorio a la dignidad de un colectivo de personas o una
discriminación hacia dicho colectivo por motivos de una cierta
orientación sexual”.

Tal como informa *Diego Carrasco* en /La Gaceta/, Intereconomía recurrió
alegando que “el anuncio de autopromoción suponía únicamente una crítica
a un preciso acto festivo que no resulta ser representativo de la
totalidad de los homosexuales, sino de un grupo de personas, diferente
del anterior, que está enfrentado con otros en lo que se refiere a la
celebración del Día del Orgullo Gay”.

Así las cosas, la Audiencia Nacional desestima la decisión del
ministerio de Miguel Sebastián. La sentencia, que recoge numerosa
jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la libertad de
expresión, afirma que “no es un derecho de rango menor o que se agote en
sí mismo sino que, por su faz múltiple (…) garantiza una opinión pública
libre y también cauce del pluralismo y de la misma democracia”.
Asimismo, el fallo desmonta el argumento de la Abogacía del Estado, que
acusaba a Intereconomía de discriminar al colectivo de homosexuales. En
este sentido, “no toda crítica o percepción negativa por parte de otro
entraña por sí sola discriminación. De aceptar tal cosa los contenidos
de la libertad de expresión y el derecho de crítica quedarían reducidos
hasta su virtual desaparición”, dice el fallo.

Críticas aceptadas

Un detalle importante es que “las críticas contenidas en el anuncio han
sido aceptadas por todas las partes presentes como dirigidas hacia un
preciso grupo de personas por causa de su asistencia a un acto festivo,
en lugar de por razones directamente vinculables a su identidad”. En
consecuencia, “no se ha producido lesión a la dignidad de las personas”.


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