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Hola,
Perdón si la noticia es repetida, pero no recuerdo ningún asunto del estilo en
los últimos meses.
Parece que, por Orden Ministerial [1], los beneficiarios tendrán que pagar parte
de los intereses que marque el euríbor [2], que el préstamo se tendrá que
devolver en menos tiempo, y que no se esperará a que el masterizado/doctor
alcance unos ingresos mínimos anuales (anteriormente fijada en 22.000 euros).
Saludos,
E.
[1] http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/18/pdfs/BOE-A-2010-19475.pdf
[2] http://www.diagonalperiodico.net/El-fondo-para-prestamos.html
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[1] (extracto)
Artículo 8. Interés, plazo de los préstamos y condiciones de amortización
1. Se aplicará el tipo de interés fijo cotizado por ICO quincenalmente para
cada modalidad de plazo.
2. El Ministerio de Educación subvencionará parcialmente los préstamos
concedidos con una ayuda por la cantidad que resulte de aplicar durante los años
de carencia el tipo de interés estimado señalado en el punto anterior.
3. La subvención de los intereses del préstamo a los que se refiere el
punto anterior se abonará por el Ministerio de Educación al ICO. Una vez
aplicada esta deducción, la entidad colaboradora elaborará el cuadro de
amortización al tipo de interés estipulado en el punto 1 de este artículo en el
que constarán las cuotas resultantes.
4. El préstamo tendrá una duración en función de la duración de los
estudios para los que se solicite:
a) Los préstamos para estudios de máster o doctorado de 60 créditos o
equivalentes a un curso académico, tendrán dos años de carencia y 4 de amortización.
b) Los préstamos para estudios de máster o doctorado de 90 créditos o
equivalentes a más de un curso académico tendrán tres años de carencia y 5 de
amortización.
c) Los préstamos para estudios de máster o doctorado de 120 créditos o
equivalentes a dos cursos académicos, tendrán cuatro años de carencia y 6 de
amortización.
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[2] (extracto)
UNIVERSIDAD: UNA ORDEN MINISTERIAL TERMINA CON LA POLÍTICA DE INTERÉS CERO PARA
EL PROGRAMA DE PRÉSTAMOS RENTA
El fondo para préstamos universitarios se ha duplicado en tan sólo tres años
La reducción en el presupuesto de becas corre paralela al aumento de fondos para
conceder préstamos. La figura del estudiante endeudado ha llegado para quedarse.
Alfredo Almendro y Joseba Fernández / Madrid
Viernes 28 de enero de 2011. Número 142 Número 143
Afirmaba la ministra Garmendia en marzo de 2009 que “los préstamos-renta de
ninguna manera sustituirían a las becas convencionales”. Menos de dos años
después, esta contundente declaración puede ser ya cuestionada con los datos en
la mano. La crisis financiera que atraviesan las universidades españolas ha
provocado la reducción de distintas ayudas por parte de gobiernos autonómicos y
universidades, mientras el programa de préstamos-renta promovido por el
Ministerio de Educación ha aumentado su financiación de los 50 millones de su
primera edición (2007) hasta los 100 en la convocatoria del año pasado, tal y
como figura en los Presupuestos Generales del Estado de 2010.
No sólo se ha reducido la proporción de becas en relación con los
préstamos-renta. Las condiciones de estos préstamos destinados a “apoyar
financieramente a los graduados universitarios que quieran continuar sus
estudios con un máster oficial” también han cambiado. Los principales cambios
introducidos por el Gobierno en este programa hacen referencia a las condiciones
de acceso y devolución de los préstamos. La Orden Ministerial de 18 de diciembre
de 2010 regula las nuevas condiciones de los préstamos para estudios de posgrado
y máster.
Uno de los giros afecta a los intereses asociados a los préstamos-renta, que a
partir de la última convocatoria, deberán ser devueltos con intereses: se acabó
el coste cero. El Ministerio contestó en su día a las críticas del programa de
préstamos afirmando que mantendría la política de créditos sin intereses. Al
cierre de esta edición, la página del Ministerio sobre los préstamos-renta no
recogía el cambio.
Para la convocatoria de 2011 se desconoce el importe exacto del interés que
cobrará la entidad financiera con la que se suscriba el préstamo, pero según ha
señalado el Ministerio, se aproximará al índice del euribor (en torno al 1,5% en
la actualidad). La orden precisa que el Estado subvencionará la mitad del
importe del interés.
Además, los términos para la devolución del préstamo se vuelven ahora más
exigentes. Si en las anteriores convocatorias podía retrasarse la devolución en
caso de que el beneficiario, tras empezar a trabajar, no ganase más de 22.000
euros al año, a partir de ahora el Ministerio sólo subvencionará el pago durante
el tiempo de carencia estimado, un periodo que variará en función de la duración
de los estudios: dos años para los másteres de un curso, tres para los programas
de dos, y cuatro para los de cinco. El tiempo de amortización también se reduce,
pasando a ser de cuatro años para programas de uno, cinco para programas de más
de un año, y seis para aquellos que superen los dos años.
[...]
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